El 10 de diciembre de 1948 la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó y proclamó la Carta de los Derechos Humanos como signo de esperanza para la humanidad y condenación de los horrores de la Segunda Guerra Mundial –1939-1945–.
En su preámbulo y 30 artículos se exponen los siguientes derechos: Libertad, justicia y paz; protección de los derechos en un régimen jurídicamente en orden; desarrollo y progreso social; elevación del nivel de vida; universalidad en el reconocimiento internacional; igualdad en dignidad y derechos de todos los seres humanos; no distinción alguna por raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de otro orden como el origen nacional o social; reconocimiento de la posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. No distinción entre los seres humanos por su condición política, jurídica o internacional del país de cada uno; condenación de toda esclavitud y servidumbre; no sometimiento a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. Reconocimiento de la personalidad jurídica de cada individuo; igualdad de todos ante la ley; derecho al recurso ante los tribunales; no poder ser detenido, preso ni desterrado arbitrariamente; presunción de inocencia mientras no se pruebe la culpabilidad del acusado de delito.
Respeto a la vida privada, familia, domicilio, correspondencia; no ser víctimas de ataques a la honra y reputación personal; libre circulación y elección de residencia en el territorio de un estado; poder salir y regresar al propio país; derecho de asilo; derecho a una personalidad; derecho a fundar una familia con protección de la sociedad y del estado; derecho a la propiedad individual y colectiva; no ser privado arbitrariamente de su propiedad; derecho de pensamiento, conciencia y religión; libertad de opinión y de expresión; libertad de reunión y de asociación pacíficas; Derecho de poder participar en el gobierno del propio país.
Trabajadores exigiendo el cumplimiento de sus derechos
Seguridad social; derecho al trabajo y al salario igual por trabajo igual; remuneración que asegure a la familia la existencia conforme a la dignidad humana; derecho a fundar sindicatos; derecho al descanso y al tiempo libre; salud y bienestar, alimentación, vestido, vivienda, asistencia médica y servicios sociales necesarios; derecho al seguro por desempleo, enfermedad, invalidez, viudez y vejez; cuidado especial de la maternidad y de los niños; derecho a la educación, a la vida cultural, a un orden social internacional; respeto a los derechos y libertades de los demás. Respeto a las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general. Respeto y cumplimiento de esta Declaración de las Naciones Unidas.
Y yo me pregunto como despues de 60 años se puede mirar hacia otro lado....
es una foto de guantanamo....
ResponderEliminarY QUIEN CUMPLE ESOS DERECHOS?
ResponderEliminarLLUVI
Por desgracia menos gente de la qeu deberia..
ResponderEliminarPerl
Realmente desde 1948 hasta hoy hemos avanzado mucho en cuánto a respetar los derechos humanos, pero aún no hemos avanzado lo suficiente y seguimos con una sociedad de pobres y ricos.
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